¿Puedo opositar teniendo antecedentes penales?
¿Puedo opositar teniendo antecedentes penales?
16/12/24
Si quieres presentarte a unas oposiciones para cualquier cuerpo, lo ideal y la mejor situación en la que te puedes encontrar es que no tengas antecedentes penales.
Pero si tienes antecedentes penales y quieres ser funcionario, seguro que ya te has hecho la pregunta de ¿Puedo presentarme a una oposición teniendo antecedentes penales? Pues la respuesta sencilla sería que todo depende de la oposición que hayas elegido y de los antecedentes penales que tengas pero a continuación te vamos a explicar todos los detalles.
Lo primero que debes saber es que es un certificado de antecedentes penales, cómo solicitarlo y las oposiciones a las que podrás optar en caso de que tengas antecedentes. Sigue leyendo, ¡Te lo contamos aquí!
¿Qué es un certificado de antecedentes penales?
El certificado de antecedentes penales es un documento certificado que permite acreditar la ausencia o la existencia de antecedentes penales de personas físicas o jurídicas que constan en el Registro Central de Penados a fecha de expedición.
Deberá solicitarse ante el Ministerio de Justicia de forma online o de forma presencial tras el correspondiente pago de la tasa correspondiente para su expedición que tendrá que realizarse a través de la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria para Tasas Administrativas.
¿Quién puede solicitar certificado de antecedentes penales?
En el caso de querer solicitar un certificado de antecedentes penales para el procedimiento de oposiciones se deberá solicitar como persona física por parte del aspirante que quiera optar a un determinado proceso selectivo.
El certificado de antecedentes penales para otros fines que no son el proceso de oposiciones también pueden solicitarlo las personas jurídicas mediante representación legal.
¿Puedo opositar si tengo antecedentes penales?
Antes de elegir una oposición debes cumplir con los requisitos generales y con los requisitos específicos de acceso a esos puestos de empleo públicos:
Edad.
Titulación de acceso.
Nacionalidad.
Cumplir con el cuadro de exclusiones médicas.
No estar en situación de inhabilitación.
Carecer de antecedentes penales.
Una vez leídas las bases de la convocatoria, y viendo que cumples con los requisitos, para responder a la frecuente pregunta de si puedes opositar con antecedentes penales, como situación ideal, podemos decirte que lo mejor es que si vas a opositar no tengas ni hayas tenido antecedentes penales.
En caso de que tengas antecedentes penales, la respuesta general sería que sí que se puede, pero todo depende de las oposiciones que hayas elegido y del delito cometido.
Para seguir avanzando, debemos hacer una mención al RD 5/2015, de 30 de octubre, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en su art. 56, apartado d) que dice que para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos “No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público”.
¿Esto que quiere decir? Que de inicio, una persona sobre la que recae una condena accesoria con inhabilitación total o especial para ocupar cargos públicos no podrá ser funcionario durante el tiempo indicado en la sentencia pero además de esto, hay una segunda condición que incluyen muchos de los procesos selectivos existentes que estipulan que el aspirante no debe haber haber cometido un delito doloso o no haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de 3 años, salvo cancelación de antecedentes penales.
A continuación te contaremos algunas oposiciones a las que no podrás presentarte por comisión de delitos dolosos y a las que sí podrás presentarte siempre y cuando las penas privativas de libertad no hayan superado los 3 años.
¿A qué oposiciones no me puedo presentar con antecedentes penales?
Las oposiciones a las que no puedes optar habiendo cometido delitos dolosos que consten en antecedentes penales son las relacionadas con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Instituciones Penitenciarias y las relacionadas con la Administración de Justicia:
Oposiciones a Policía Nacional, Policía Autonómica y Policía Local.
Oposiciones a la Guardia Civil.
Oposiciones de Jueces, Fiscales, Gestión Procesal, Tramitación Procesal, Auxilio Judicial, entre otras.
Oposiciones a Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
En muchas ocasiones, sobre todo para las oposiciones relativas a fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, al presentar la instancia a los procesos selectivos de forma telemática, salvo expresión en contra del aspirante, lleva consigo su autorización para que la Jefatura de Enseñanza solicite de oficio, del Ministerio del Interior (Sistema de Verificación de Datos de Identidad, Dirección General de Tráfico y Dirección General de Apoyo a Víctimas de Terrorismo), del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (Registro Central de Penados), del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, del Ministerio de Trabajo y Economía Social (Servicio Público de Empleo Estatal), del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (consulta y verificación de titulaciones académicas) y, en su caso, del Ministerio de Defensa, las verificaciones y certificaciones necesarias.
Las personas aspirantes que no expresaron autorización para que fueran recabados sus datos, además de los documentos anteriores, deberán presentar:
Original y copia auténtica del documento nacional de identidad.
Certificado de antecedentes penales, expedido por el Ministerio de Justicia.
Original y copia auténtica del permiso de conducción de la clase B sin restricción alguna sobre el vehículo a conducir.
Normalmente entre los requisitos básicos de acceso se especifica que los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo y los periodos de formación, los siguientes requisitos:
Carecer de antecedentes penales.
No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
¿A qué oposiciones puedo optar con antecedentes penales?
Si aspiras a un puesto de empleo público que no está enumerado entre los anteriores, podrás presentarte a unas oposiciones pero el mejor consejo que podemos darte es que leas los requisitos de acceso a la convocatoria concreta que se establecerán en las bases de la misma.
Estos procesos selectivos existentes estipulan que el aspirante no debe haber cometido un delito doloso o no haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de 3 años, salvo cancelación de antecedentes penales.
Estas son algunas de las oposiciones a las que puedes presentarte con antecedentes penales:
Agente y Técnico de Hacienda Pública
Administrativo y Auxiliar Administrativo del Estado
Correos
¿Qué es la cancelación de antecedentes penales?
Todos las personas condenadas por sentencia firme que hayan extinguido su responsabilidad penal, tienen el derecho de obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de sus antecedentes, que consten en el Registro Central de Penados, en los plazos que marca la Ley.
¿Se pueden cancelar los antecedentes penales?
Sí, se pueden cancelar los antecedentes penales y podrá solicitarse de forma presencial o telemática ya que legalmente sí que se puede opositar con antecedentes penales cancelados con la condición de no haber delinquido de nuevo durante los siguientes plazos establecidos en el artículo 136 del Código Penal:
Seis meses para las penas leves.
Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
Diez años para las penas graves.
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